Reducción de jornada por ley vs. flexibilidad pactada
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Señora Directora:
El proyecto presentado por la diputada Camila Vallejo que plantea la disminución de la jornada ordinaria de trabajo de 45 a 40 horas, seguramente ganaría el premio a popularidad entre las masas de trabajadores que, en caso de aprobarse, verían incrementado en un 11% el valor hora de su trabajo.
Sería, en todo caso, un triunfo por secretaría, y sabemos lo que ese tipo de triunfos significan a la larga: la cruel realidad terminaría desnudando las falencias de nuestro sistema productivo.
Nuestra legislación laboral necesita introducir modificaciones que permitan a las empresas adaptarse a las nuevas tecnologías y formas productivas, pero sin perder de vista el sentido protector de la legislación laboral, pues no es realista pensar que todos los trabajadores, individualmente considerados, en todas las empresas tienen un poder de negociación equivalente a su empleador.
La flexibilidad pactada, con la adecuada protección de los trabajadores, es mejor que una reducción de jornada por ley, pues permite que las propias organizaciones —considerando una multiplicidad de factores económicos, productivos, estacionales, familiares, entre otros— puedan acordar jornadas que, sin causar daño en la salud de los trabajadores, le permitan adaptarse a sus requerimientos productivos específicos.
Soy un convencido de que, tal como ocurre en otros ámbitos de la vida, la política y los negocios, a la larga siempre se conseguirán mejores resultados acordando y no imponiendo.
Michel Laurie Cerda
Senior Manager Servicios Laborales PwC Chile